Autos: “L´OREAL ARGENTINA S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE JUSTO DARACT s/ ACCION CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA” IURIX  N° 187840/10. 

STJSL
Sentencia Nro.: 087/15.-
Fecha: 15/10/2015.-
Voto: : Drs. OSVALDO HORACIO SURIANI
Los tributos municpales a la publicidad y propaganda por anuncios colocados en el interior de los locales comerciales, son contrarios a las obligaciones asumidas en la ley N° 23.548 de coparticipación federal de impuestos , al ser un impuesto análogo a un impuesto nacional coparticipable (art. 9 inc. b, primer párrafo).
Toda normativa de jerarquía inferior y/o interpretación de la ley, reñida con la ley N° 23.548, que dispone que los municipios no pueden gravar con impuestos la misma materia imponible alcanzada por los impuestos nacionales coparticipables, será inválida.-
http://www.jurisprudencia.justiciasanluis.gov.ar/bestandardefallos_more.asp?search_fd4=STJSL-L-087-2015