HACE SABE a los titulares de cuentas de correo electrónico institucional que se detallan en anexo, que antes del día 21/12/2018 deberán arbitrar las medidas pertinentes para que las mismas se encuentren en condiciones de recibir nuevas comunicaciones, en los términos del art. 6 del Reglamento General de Expediente Electrónico aprobado por Acuerdo N° 61/2017, bajo expreso apercibimiento de adoptar las medidas de superintendencia que corresponden

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