E D I C T O

El Juzgado Civil, Comercial y Minas N° 2 de la Ciudad de San Luis, Provincia de San Luis, a
cargo del Dr. Eduardo Rodolfo GIMENEZ – Juez, secretaría a cargo del autorizante, en los
autos “LA MAGNÍFICA S.A. C/ MORALES JOSE MARIA Y OTROS S/
POSESIÓN VEINTEAÑAL” Expte. N° 306526/17, comunica que se ha iniciado
posesión veinteñal sobre el inmueble que se ubica en el sitio denominado “La Reforma”
(camino público), del Partido Socoscora, Departamento Belgrano de esta Provincia de San
Luis, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble al Tomo 7, Ley 3.236, del
Departamento Belgrano, Folio 288, N° 2785; Tomo 21, Departamento Belgrano, Folio 13, N°
544; y Tomo 23, Departamento Belgrano, Folio 394, N° 888, y se designa como Parcela N°
23 en el plano de mensura aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Tierras
Fiscales de esta provincia bajo el N° 8/128/15 (Padrones catastrales N° 27-
1374/1375/2184), y cuyas medidas son: lado Norte, 286,69 mts. más 451,42 mts. más
1.086,12 mts. más 863,69 mts.; lado Este, 311,56 mts. más 324,76 mts. más 369,07 mts.
más 539,07 mts. más 1.595,97 mts.; lado Sur, 143,57 mts. más 824,01 mts. más 483,90
mts. más 28,82 mts. más 108,62 mts. más 1.084,95 mts.; y lado Oeste, 1.317,07 mts. más
343,83 mts. más 1.067,15 mts., cubriendo una superficie total de 779 has. 727,27 m2.
Dicha parcela limita al Sur con camino público; al Norte con propiedad de CABAÑAS EL
SILENCIO S.A.; al Este con propiedad de Ricardo Roberto GENTIY; y al Oeste con
propiedades de Félix SOSA y Francisco Segundo LÓPEZ y otros, por lo que se CITA y
EMPLAZA por el termino de QUINCE DIAS a los demandados -o sus herederos o
sucesores- Jesús MORALES, L.E. N° 3.217.706, con domicilio desconocido, y Gregorio
MORALES, cuyo D.N.I. y también se desconoce-, como así también a los señores Diofila
Natividad Miranda (Fallecida), Maria Orfilia Morales (Fallecida), Gregorio Morales
(Fallecido), Lola Eufemia Miranda (Fallecida), Alicia Noemi Morales, Olga Josefina Morales,
Orlando Morales, Jose Maria Morales, Graciela Isabel Morales, Américo Argentino Morales
y Jorge Carlos Morales y a quienes se consideren con derecho al inmueble a fin de que
comparezcan y asuman la defensa que les compete, bajo apercibimiento de designar al Sr.
Defensor de Ausentes para que los represente en el proceso.-
San Luis, 1 de Octubre de 2018.