DESCARGAR: “Ddos. Dres. Flores, Aizpeolea, Flores, Zavala R., Uría – Dte. Sr. Barroso Jorge Emiliano – Expte. Nº 1-F-2016″ – Hacer Lugar a Excusaciones.

SAN LUIS, Septiembre doce de dos mil dieciséis, “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”.-

AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos caratulados “DDOS. DRES. FLORES DOMINGO, AIZPEOLEA SILVIA INES Y FLORES JOSE LUIS – JUECES DE LA EXCMA. CAMARA PENAL, CORRECCIONAL Y CONTRAVENCIONAL N° 1- 1° CJ Y HORACIO G. ZAVALA RODRUIGEZ Y OMAR ESTEBAN URIA – MINISTROS DEL SUEPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA.- DTE. SR. BARROSO JORGE EMILIANO” Expte Nº 1-F-16.-

Y CONSIDERANDO:

I.- Que a fs. 224 se presenta el Dr. Fernando Julio de Viana, miembro titular del Jurado del Enjuiciamiento,  la Dra. Gloria O. Sosa Lago de Tarazi a fs 225,  en su carácter de miembro suplente del Jurado de Enjuiciamiento y a fs. 214 la Dra. Lilia Ana Novillo y solicitan su apartamiento de los autos de referencia en razón de encontrarse denunciados en los autos: “DDOS. DRES. FLORES DOMINGO, AIZPEOLEA SILVIA INES Y FLORES JOSE LUIS – JUECES DE LA EXCMA. CAMARA PENAL, CORRECCIONAL Y CONTRAVENCIONAL N° 1- 1° CJ., DR. ESTRADA FERNANDO OSCAR – PROCURADOR GRAL DE LA PCIA Y DRA. BERNAL DIANA – FISCAL DE CAMARA PENAL N° 1 DE LA 1° C.J. – Y OTROS – DTE  SR. BARROSO JORGE SALVADOR, Expte Nº 2 – F-16,  todo ello en virtud de lo dispuesto en el art. 12 inc. e) de la Ley N° VI-0478-2005 TEXTO RODENADO Ley XVIII-0712-2010 – Ley VI-0640-2008.-

II.- Que entrando al análisis de la cuestión traída a resolver, se observa que los Dres. Lilia Ana Novillo, Gloria O. Sosa Lago de Tarazi y Fernando Julio De Viana han sido efectivamente denunciados en los autos mencionados, según surge de las constancias de fs. 35/ 44,  por lo que, en merito a dar cumplimento a las garantías del debido proceso corresponde admitir las excusaciones deducidas, teniéndolos por apartados de la causa.-

Por lo expuesto, SE RESUELVE:

  1. Hacer lugar a las excusaciones deducidas por los Lilia Ana Novillo, Gloria O. Sosa Lago de Tarazi y Fernando Julio De Viana.-

REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.- FDO. DRA. CARLA MONDELLI CURCHOD, DR. RAFAEL ANGEL SANCHEZ, DR. JAVIER HECTOR CAMARGO, DIP. MIRTHA B. OCHOA, DIP. RAMON ALFREDO DOMINGUEZ, DIP. FRANCISCO IBAR IRUSTA, SRIA. DRA. GABRIELA B. OVIEDO HELFENBERGER.-