DESCARGAR: “Ddos. Dres. Flores, Aizpeolea, Flores, Estrada, Bernal y otros – Dte. Sr. Barroso Jorge Salvador – Expte. Nº 2-F-2016″ – Hacer lugar Exc. Proc. Estrada.

SAN LUIS, Febrero trece de dos mil diecisiete.-

AUTOS y VISTOS: Para resolver la excusación formulada por el Procurador General, Dr. Fernando Oscar Estrada, en autos: Dres. FLORES, Domingo, AIZPEOLEA, Silvia Inés y FLORES, José Luis – Jueces de la Excma. Cámara Penal, Correccional y Contravencional N° 1, 1° C.J., Dr. ESTRADA, Fernando Oscar – Procurador Gral. de la Pcia. y Dra. BERNAL, Diana – Fiscal de Cámara Penal N° 1, 1° C. J. y Otros – Dte. Sr. BARROSO, Jorge Salvador – Expte. N° 2-F-2016; y,

CONSIDERANDO: Que, tal como luce a fs. 164, el Procurador General de la Provincia, Dr. Fernando Oscar Estrada, solicitó se lo excuse de intervenir en la causa de referencia, en razón de ser uno de los denunciados en la misma; por lo que consideró encontrarse comprendido en el art. 12 inc. e) de la Ley N° VI-0478-2005 – Texto Ordenado Ley XVIII-0712-2010 – Ley VI-0640-2008.

Que, efectivamente, tal como puede apreciarse en la denuncia de fs. 12/23vta., el Dr. Estrada es uno de los denunciados en la causa, por lo que se encuentra comprendido en el inciso e) del artículo 12 de la Ley N° VI-0478-2005 – Texto Ordenado Ley XVIII-0712-2010 – Ley VI-0640-2008, que impone la excusación en caso de tener interés en la causa que motiva el enjuiciamiento.

Por lo expuesto, SE RESUELVE: I) Hacer lugar a la excusación formulada por el Dr. Fernando Oscar Estrada a fs. 164.-

  1. II) Dese intervención al subrogante legal.-

REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.- FDO. DRA. ESTELA ALEJANDRA ARAGON, DRA. CARLA MONDELLI CURCHOD, DR. RAFAEL ANGEL SANCHEZ, DIP. RAMON ALFREDO DOMINGUEZ, DIP. MIRTHA BEATRIZ OCHOA, SRIA. DRA. GABRIELA B. OVIEDO HELFENBERGER.-