DESCARGAR: “Ddos. Dres. Flores, Aizpeolea, Flores, Estrada, Bernal y otros – Dte. Sr. Barroso Jorge Salvador – Expte. Nº 2-F-2016″ – Hacer lugar Exc. Dr. Alonso (proc. subrog.), Dec. Abst. Dr. Zavala Rod. y Dr. Flores D.

SAN LUIS, Abril tres de dos mil diecisiete.-

AUTOS Y VISTOS: Los presentes autos caratulados “DRES. FLORES DOMINGO, AIZPEOLEA SILVIA INES, FLORES JOSE LUIS, JUECES DE LA EXCMA. CAMARA PENAL CORRECCIONAL Y CONTRAVENCIONAL Nº 1 DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, DR. ESTRADA FERNANDO OSCAR-PROCURADOR GENERAL DE LA PROVINCIA Y DRA. BERNAL DIANA-FISCAL DE CAMARA PENAL Nº 1 Y OTROS- DTE. SR. BARROSO JORGE SDALVADOR” Expte Nº 2-F-16;

Y CONSIDERANDO: 1) Que a fs. 193 el Dr. Rubén Ángel Alonso, se excusa de entender en la presente causa, en los términos del art. 12 inc. a) de la Ley VI-0478- 2005- texto ordenado Ley XVIII- 0712-2010 – Ley VI-0640-2008 y art. 17 inc. 1) de la CPCC de aplicación supletoria, por ser primo hermano de la Dra. Lilia Ana Novillo, denunciada en los actuados.

2) En virtud de lo solicitado, encontrándose acreditado el parentesco en 4° grado de consanguinidad que vincula al Dr. Rubén Ángel Alonso con la denunciada, corresponde hacer lugar al apartamiento solicitado, en los términos art. 12 inc. a) de la Ley VI-0478-2005.

3) Que asimismo, con relación a los denunciados en autos Dr. Horacio Guillermo Zavala Rodríguez, Ministro del Superior Tribunal de Justicia (fs. 35 vta.)  y  Dr. Domingo Flores, Juez de la Excma. Cámara Penal Nº 1 de la Primera Circunscripción Judicial (fs. 12), habiendo los mismos renunciado a sus cargos para acogerse al beneficio previsional jubilatorio, torna abstracta la decisión de este jurado sobre las cuestiones sometidas a su juicio, por lo que corresponde así se las declare.

Por ello, SE RESUELVE: 1) Hacer lugar a la excusación formulada por el Dr. Rubén Ángel Alonso.

2) Declarar abstracta la cuestión sometida a decisión de este Honorable Jurado de Enjuiciamiento, respecto a los Dres. Horacio Guillermo Zavala Rodríguez y Domingo Flores.

REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. FDO. DRA. ESTELA ALEJANDRA ARAGON. DRA. CLOTILDE MONTOYA DE ZUCCO. DR. RAFAEL ANGEL SANCHEZ. DIP. MIRTHA BEATRIZ OCHOA. DIP. RAMON ALFREDO DOMINGUEZ. SRIA. DRA. GABRIELA B. OVIEDO HELFENBERGER.-