ESTABLECE que las Oficinas de Recepción de Denuncias de la Primera, Segunda y Tercera Circunscripción Judicial, con asiento en la ciudad de San Luis, Villa Mercedes, y en el Edificio “Dr. Tomás Jofré”, serán los organismos receptores de toda denuncia de índole penal, correccional, contravencional y de violencia de familiar y de género, en el ámbito del Poder Judicial Provincial, las que dependerán del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, bajo la directa supervisión del Procurador General.-

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