RESOLUCIÓN N° 1-SIJ-2015

San Luis, 27 de febrero de 2015

Visto: las numerosas solicitudes recibidas en esta Secretaria, en las cuales Magistrados, Funcionarios y Empleados administrativos y profesionales, requieren la habilitación irrestricta de los servicios de conexión a Internet para los puestos de trabajo, donde ingresan a través de las PCs. o notebook de este Poder Judicial que tienen asignadas. Las directivas recibidas del Sr. Ministro Omar Esteban Uria.

Y considerando: Que la política establecida por el Superior Tribunal de Justicia a partir de la decisión de informatizar la gestión de expedientes judiciales, ha sido priorizar el buen funcionamiento, solvencia y estabilidad del sistema IURIX y la protección e invulnerabilidad del activo más importante, como lo es la información almacenada en Bases de datos.

Que están vigentes en todos sus términos, las «Políticas de Seguridad de los Recursos Informáticos» agregadas como anexo al Reglamento General de Expediente Electrónico – Acuerdo 224/2014, donde está claramente definido y reglamentado el uso correcto de las herramientas informáticas y el específico de Internet, en el ámbito de organismos judiciales de la provincia.

Que el personal jerárquico, Magistrados y Funcionarios, tienen un perfil de usuario amplio con algunas restricciones específicas; mientras que el resto del personal, administrativo y profesional que no tiene carácter de funcionario, tiene disponibles accesos a las páginas ( setenta y siete páginas puntuales y tres dominios: .gov, .gob y .edu), previamente habilitadas de oficio o a pedido de los usuarios. Cantidad esa, que se considera suficiente para la búsqueda de información con contenidos de carácter laboral/judicial; por ser todos sitios de gobierno, institucionales, académicos, de investigación, educativos, de organismos sin fines de lucro, etc.. Que, además, dicho listado es ampliable a pedido (fundado) de los interesados, tantas veces como sea necesario y en el acto.

Que el acceso ilimitado, como solicitan algunos empleados, a todo tipo de sitios Web y para la cantidad de agentes que lo pretenden, generaría un tráfico de red de magnitud tal, que consumiría en horas pico demasiado ancho de banda, lo cual resultará altamente perjudicial para el funcionamiento óptimo de IURIX. Que mediante auditorías de rutina, se han detectado casos de empleo indebido del servicio de Internet, con ingreso a páginas pornográficas, no permitidas y peligrosas, con el consiguiente aumento de riesgos por amenazas de virus, malware y spam; en algunos casos, burlando las limitaciones impuestas mediante el uso de herramientas específicas que ofrece la tecnología. Que dichas situaciones obligan a esta Secretaría a generar y disponer de recursos extras, para resolver los inconvenientes ocasionados por esa manera inapropiada de utilizar las herramientas tecnológicas provistas.

Por ello, atendiendo los fundamentos expuestos y de conformidad con las facultades y obligaciones que me competen por Acuerdos N° 623/05, 224/14 y concordantes:

RESUELVO:

1.- RATIFICAR que el acceso a internet con los equipos y la conectividad provistos por este Poder Judicial, será en un todo concordante con lo establecido en el anexo de «Políticas de Seguridad de los Recursos Informáticos» vigente.

2.- COMUNICAR que las únicas páginas habilitadas a los usuarios con categoría funcional de Empleados, sean ellos administrativos o profesionales, serán las contenidas en la lista que se agrega como Anexo.

3.- ACLARAR que se podrá, además, solicitar la incorporación de otras direcciones web y que, una vez evaluadas, si corresponde serán autorizadas.

4.- HABILITAR en el Aula de Capacitación de Secretaría de Informática, puestos de consulta con servicio integral de Internet, que podrán ser utilizados por todo el personal judicial que lo requiera, a efectos de efectuar búsquedas más específicas, en sitios no habilitados.

5.- DISPONER que se podrá requerir asesoramiento al personal del área de capacitación de esta Secretaria, para asistencias en la modalidad de búsquedas avanzadas.

Notifíquese, hágase saber lo dispuesto a los presentantes y dese amplia difusión.

Anexo Dominios Empleados