Información de Tasas Judiciales

Hecho Imponible

Se da con la presentación de la demanda o de las actuaciones hechas ante el tribunal por la demanda que se efectúa ante el tribunal o por la solicitud ante la oficina de mediación.

Contribuyentes

Usuarios del servicio retribuible
Responsables: los que realicen las  actuaciones gravadas Artículo 283 CT

Regla general

Los juicios susceptibles de apreciación pecuniaria estarán sujetos a la tasa que fije la Ley Impositiva Anual, sobre su valor.

¿Cuándo tienen apreciación pecuniaria?

Cuando como consecuencia de los resultados del proceso, habrá o no, desplazamientos patrimoniales.

Exenciones y reducciones

Exenciones Art. 303 CT

  • Estado
  • Beneficio de litigar sin gastos
  • Trabajadores
  • Amparos, habeas corpus
  • Relaciones derivadas del derecho de familia sin contenido patrimonial
  • Presentaciones derivadas de derechos políticos
  • Juicios criminales donde no ha recaído condena

Formas de pago

Se hace mediante declaración jurada que debe liquidar el contribuyente, acompañada del recibo que otorga la DPIP.
Se confecciona en el formulario de Declaración Jurada.

Régimen de facilidades de Pago 2022

Acuerdo Nº 28-STJSL-SA-2022

Monto de las Tasas

Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2011 – Arts. 48 a 56
Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2012 – Arts. 48 al 51
Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2013
Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2014

Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2015

Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2016

Ley Nº VI-0920-2014-Publicada en el en el Boletín Oficial el 19/12/2014

Ley  Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2017

Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2018

Ley Impositiva Anual para el Ejercicio Fiscal 2019

Acuerdo N° 201_2016

Ley impositiva año 2020

Ley impositiva año 2021

Ley impositiva año 2022

Ley impositiva año 2023

Ley impositiva año 2024

Tasa de interés año 2024